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¡Urgente! Organismos Comunales Tienen Hasta el 15 de Septiembre de 2024 para Actualizar sus Estatutos Según Nueva Legislación

Según la ley 2166 de 2021 y el Decreto 1501 de 2023, los organismos comunales deben actualizar sus estatutos antes del 15 de septiembre de 2024.


A continuación es contamos los requisitos mínimos que deben contener los estatutos para que su organización quede al día:


a. En las Generalidades: Denominación, territorio, domicilio, objetivos y duración.

b. En la sección de Afiliados: Calidad o condiciones para afiliarse a la JAC, impedimentos, derechos y deberes de los afiliados, suspensión automática de afiliación y desafiliación.

c. En el apartado de Órganos: Integración de los órganos, régimen de convocatoria, periodicidad de las reuniones ordinarias y funciones de cada uno.

d. En la parte de Dignatarios: Calidades, formas de elección, periodo y funciones, asi como las garantías y el debido proceso para la remoción del cargo.

e. En la sección de Régimen económico y fiscal: Patrimonio, presupuesto, disolución y liquidación.

f. En el apartado Régimen disciplinario: en lo que respecta a los conflictos organizativos.

g. En la parte Composición, competencia, causales de sanción, sanciones y procedimientos: procedimientos internos para tramitar la conciliación, de conformidad con la ley.

h. En relación con los Libros: clases, contenidos, dignatarios encargados de estos.

i. Impugnaciones: causales y procedimientos

j. Comisiones de trabajo o secretaria: ejecutivas, elección, identificación y funciones.

 

 
 
 

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